Estatutos Club Pitufo Racing
Art. 1º Denominación.
Se constituye la Asociación Cultural denominada PITUFO RACING CLUB que se acoge a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución, careciendo de ánimo de lucro.
Art. 2º Personalidad Jurídica.
La Asociación tiene personalidad jurídica propia y capacidad plena de obrar para administrar y disponer de sus bienes y cumplir los fines que se propone.
Art. 3º Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la Asociación se establece en VILLANUEVA DEL ARZOBISPO (JAÉN)
La Asociación realizará principalmente sus actividades en el ámbito de la Comunidad Andaluza.
Art. 4º Fines.
Constituyen los fines de la Asociación:
Difundir, Divulgar, Promover, Popularizar, Conservar, Preservar, los eventos automovilísticos de dicho club, al igual la creación de eventos en apoyo de cualquier circunstancia que nos sea requerida.
Art. 5º Actividades.
Para el cumplimiento de los fines enumerados en el artículo anterior se procurará realizar las siguientes actividades:
a) Realización de eventos automovilísticos con marca y nombre propio VILLARACE
b) Realización y creación de TRACKDAYS
c) Organización de actos culturales; conferencias, exposiciones, etc.
d) Organización de rutas culturales y de ocio.
e) Organización de concursos
f) Diseño y mantenimiento de página Web.
g) Colaboraciones con entidades u organismos en los que se persiga los fines marcados por esta asociación.
Art 6º Resolución extrajudicial de conflictos.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir con motivo de las actuaciones desarrolladas o de las decisiones adoptadas en el seno de la asociación, se resolverán mediante arbitraje, a través de un procedimiento ajustado a lo dispuesto por la Ley 60/2003, de 23 de diciembre de Arbitraje, y con sujeción, en todo caso, a los principios esenciales de audiencia, contradicción e igualdad entre las partes.